Con fecha 04 de mayo de 2022
Por el que se modifican la Constitución Política del Estado de Yucatán, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán y la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios de Yucatán, en materia de reforma al Poder Judicial del Estado de Yucatán, el cual reformó el artículo 64, párrafo vigésimo primero, de la constitución antes mencionada, quedando así:
“El Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios, es un órgano jurisdiccional del Poder Judicial, que tendrá competencia para resolver los asuntos laborales que surjan entre las autoridades y sus trabajadores, con las atribuciones y la estructura que le confiera la ley, a excepción de los conflictos entre el Poder Judicial y personas servidoras públicas, que serán resueltos por el Consejo de la Judicatura y los que se susciten entre el Tribunal Superior de Justicia y sus empleados, que serán resueltos por el propio Tribunal Superior de Justicia”.
Lo anterior, otorga facultad constitucional a este Poder para la resolución de los conflictos laborales con sus personas trabajadoras.
El referido Decreto 496/2022 también reformó el artículo 128 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios de Yucatán
“Artículo 128.- El Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios, es la autoridad encargada de conocer y resolver los conflictos que se susciten en la aplicación de esta Ley, a excepción de los aquellos que surjan entre el Poder Judicial y sus personas servidoras públicas, que serán resueltos por el Consejo de la Judicatura y los que se susciten entre el Tribunal Superior de Justicia y sus empleados, que serán resueltos por el propio Tribunal Superior de Justicia. …”, lo transcrito abona a la fundamentación de la facultad del Poder Judicial de la resolución de los conflictos laborales con sus personas trabajadoras.
También se adiciona a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios de Yucatán, un Título Décimo Primero, denominado “DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL”, que contiene dos capítulos: